El “IEPS” de bebidas saborizadas: ¿Hacia dónde vamos a 11 años de su implementación?

Jesús C. Mata analiza la reforma al IEPS: cuestiona su eficacia y advierte riesgos de inconstitucionalidad. #AnálisisFiscal

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En Rincón Abogados, continuamos fortaleciendo nuestro compromiso con el análisis jurídico riguroso y la difusión de temas fiscales de relevancia nacional. En esta ocasión, presentamos el trabajo elaborado por el Lic. Jesús Christian Mata García, titulado “El IEPS de bebidas saborizadas: ¿Hacia dónde vamos a 11 años de su implementación?”, que examina con profundidad la reciente iniciativa de reforma a la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) propuesta en el paquete económico 2026.

El contexto de la reforma

El IEPS es un impuesto indirecto con finalidad extrafiscal, diseñado no solo para recaudar, sino para modificar conductas de consumo que puedan afectar la salud o el medio ambiente. Desde su implementación en 2013, las bebidas saborizadas con azúcares añadidos han estado sujetas a este gravamen.

La nueva propuesta del Ejecutivo Federal plantea duplicar la cuota específica por litro (de $1.6451 a $3.0818) e incluir dentro de la base gravable a las bebidas con edulcorantes añadidos, bajo el argumento de que estos productos contribuyen al aumento del sobrepeso, la obesidad y enfermedades crónicas en México.

 

Principales observaciones del análisis

El autor plantea que, si bien la finalidad extrafiscal del IEPS es legítima, la iniciativa carece de justificación técnica y proporcionalidad, destacando los siguientes puntos:

  1. Efectividad cuestionable del impuesto actual:
    A más de once años de su implementación, los niveles de sobrepeso y obesidad en adultos aumentaron de 71.3 % (ENSANUT 2012) a 76.2 % (ENSANUT 2023), lo que sugiere que el impuesto no ha cumplido su objetivo de salud pública.

  2. Inequidad en la aplicación del gravamen:
    El aumento propuesto no distingue entre productos según su contenido real de azúcares o edulcorantes, lo cual contraviene el principio de equidad tributaria y puede resultar injustificado desde una perspectiva constitucional.

  3. Riesgos jurídicos potenciales:
    De aprobarse la reforma, podrían existir elementos sólidos para su impugnación, dada la ausencia de criterios objetivos en la determinación de cuotas y la falta de evidencia empírica que respalde su efectividad.

Una mirada jurídica crítica

El estudio concluye que el IEPS a bebidas saborizadas, en su diseño actual, no cumple adecuadamente con el fin extrafiscal que pretende, y que cualquier ajuste legislativo debería acompañarse de una revisión integral de sus efectos económicos y sociales, más allá de la simple actualización de cuotas.

Si quieres conocer el análisis completo sobre la reforma al IEPS y sus implicaciones jurídicas, te lo dejamos aquí 👇🏼 

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